Es una herramienta jurídica fundamental en Argentina, regulada por el Código Civil y Comercial. Su objetivo principal es resguardar el inmueble donde habita una familia o una persona frente a eventuales contingencias económicas, evitando que pueda ser embargado o ejecutado por deudas contraídas con posterioridad a su inscripción.
Este derecho garantiza que, sin importar los vaivenes financieros o comerciales que enfrente el titular en el futuro, el techo propio permanezca protegido.
Beneficios y Excepciones
- Cobertura amplia: No se limita únicamente a familias tradicionales. Puede constituirse a favor del titular, su cónyuge, conviviente, ascendientes, descendientes o parientes colaterales que convivan en el inmueble.
- Inscripción accesible: Es un trámite gratuito si se realiza directamente ante el Registro de la Propiedad Inmueble correspondiente a la jurisdicción de la vivienda, aunque también puede tramitarse mediante escritura pública ante escribano.
- Protección temporal: Rige desde el momento exacto en que queda anotada la afectación en el registro.
Excepciones donde el régimen NO protege:
| Deuda | Causa principal |
| Expensas, tasas e impuestos | Obligaciones inherentes al propio inmueble (AABL, inmobiliario, expensas). |
| Cuota alimentaria | Obligaciones de manutención hacia hijos o beneficiarios. |
| Construcción o mejoras | Créditos o deudas derivadas de obras hechas en la propia vivienda. |
| Hipotecas | Saldos o créditos gravados explícitamente sobre el inmueble con conformidad del titular. |

Editorial CIA