El Proyecto de Ley de Propiedad Privada propone la creación de medidas cautelares exprés para acelerar la restitución de inmuebles en alquiler en casos de falta de pago.
1. El Contexto: Hoy vs. El Proyecto
- Situación actual: Un juicio de desalojo por falta de pago hoy demorar entre 6 meses y más de 2 años.
- El objetivo: Reducir sustancialmente los plazos para que el propietario recupere la posesión del inmueble.
2. Plazos: ¿En cuánto tiempo se aplicaría?
- Punto de partida: Se podrá exigir tras el 1.º o 2.º mes de incumplimiento (según contrato e intimación previa por carta documento).
- Medida cautelar exprés: Presentada la demanda con prueba fehaciente, el juez podrá ordenar el lanzamiento en días o pocas semanas, sin esperar el final del juicio.
3. El paso a paso del procedimiento
- Incumplimiento: Falta de pago en la fecha pactada.
- Carta documento: Intimación formal de pago en un plazo breve (ej. 10 días).
- Acción judicial: Ante la falta de respuesta, el propietario solicita el desalojo inmediato.
- Restitución: El juez constata la deuda y ordena la entrega del inmueble.
4. Garantías y «letra chica»
- Garantía o caución: El propietario debe presentar una caución ante el juzgado al pedir la medida.
- Prueba documental: Requiere contrato formalizado y prueba clara del impago.
- Derecho a defensa: El inquilino puede acreditar el pago (si existió un error) antes de ejecutarse el desalojo.
Desde la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA), consideramos que brindar seguridad jurídica a los propietarios es fundamental para reconstruir la confianza en el sector. Sin embargo, resulta imprescindible equilibrar estas medidas garantizando procesos justos que protejan a todas las partes. Seguimos trabajando para impulsar políticas que amplíen la oferta habitacional y promuevan un mercado de alquileres más ágil, estable y transparente para todo el país.