La Inspección General de Justicia (IGJ) dio un paso decisivo hacia la desregulación y simplificación de los trámites corporativos en la Ciudad de Buenos Aires con la publicación de la Resolución General 11/2026. Esta normativa transforma de manera sustancial la forma en que se constituyen y gestionan las sociedades comerciales, generando un impacto directo y muy positivo en la dinámica del mercado inmobiliario.
Hasta ahora, armar una sociedad para encarar un proyecto inmobiliario solía implicar semanas o meses de objeciones registrales, exigencias de adecuación de capital y limitaciones en la redacción de las actividades permitidas. La nueva reglamentación cambia el enfoque: elimina el control preventivo discrecional por parte del organismo para pasar a un esquema centrado en la rapidez y la responsabilidad de las partes.
¿Qué cambia para el sector inmobiliario?
Para desarrolladores, inversores, constructoras y comercializadoras, los principales beneficios y novedades de la Resolución 11/2026 se resumen en cuatro pilares:
1. Constitución ultrarrápida de vehículos de proyecto (SPVs)
Es habitual constituir una nueva sociedad (como una SAS o una S.A.) para canalizar un desarrollo o emprendimiento específico —por ejemplo, la compra de un terreno, la posterior construcción del edificio y la venta de las unidades—. Con la eliminación de trabas y la reducción de formularios obligatorios, estas estructuras ahora se ponen en marcha en tiempos récord y con menores costos de inicio.
2. Objetos sociales amplios y sin trabas
Se terminó la exigencia de probar «conexidad» o relación directa entre distintas actividades. Una misma sociedad podrá contemplar la compraventa de inmuebles, el arrendamiento, la intermediación comercial, el gerenciamiento de obras o la explotación hotelera sin sufrir observaciones por «exceso de objeto». En el caso de las SAS, se ratifica la validez de objetos generales para «cualquier actividad lícita».
3. Fin al examen de «capital insuficiente»
La IGJ ya no evaluará si el capital social inicial resulta acorde al tamaño del proyecto inmobiliario a desarrollar. Esto evita que los expedientes queden frenados por criterios subjetivos del organismo antes de la firma de boletos de compraventa o escrituras.
4. Flexibilidad en los aportes y entrada de criptoactivos
La norma facilita la aportación de bienes no dinerarios (como derechos o parte de inmuebles) para integrar capital. Además, reglamenta la posibilidad de integrar capital social utilizando activos virtuales y criptoactivos, lo que abre una vía directa para atraer a nuevos perfiles de inversores que buscan volcar liquidez digital hacia el sector real estate.
Lo que tenés que tener en cuenta antes de avanzar
Si bien la agilidad registral es una excelente noticia para acelerar operaciones, los especialistas aconsejan mantener la rigurosidad jurídica.
Que la IGJ no controle preventivamente el capital o el detalle de las actividades no significa que se eliminen las responsabilidades legales. Si un emprendimiento falla o incumple con los compradores, la legislación general (Ley General de Sociedades y Código Civil y Comercial) sigue protegiendo a los afectados. Por ende, la correcta estructuración del proyecto y la transparencia con los inversores siguen siendo la mejor garantía de éxito.
En resumen: La Resolución 11/2026 de la IGJ elimina la burocracia innecesaria y le da al sector inmobiliario la agilidad que necesita para cerrar negocios, estructurar desarrollos e integrar capitales de forma eficiente y moderna.
Legales CIA